Buscar un modelo solicitud Ley Segunda Oportunidad para rellenar por tu cuenta es uno de los primeros pasos que da mucha gente al informarse sobre este mecanismo. Pero conviene aclararlo desde el principio: existe un modelo oficial para solicitar el concurso, conforme al artículo 6.2 del Texto Refundido de la Ley Concursal, pero eso no significa que sea un formulario que el deudor pueda rellenar y presentar por su cuenta. Es un procedimiento judicial, con distintos escritos en momentos diferentes, que requiere abogado y procurador durante toda la tramitación. Si aún no tienes claro si cumples los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, te recomendamos revisarlo antes de seguir.

Por qué desconfiar de las plantillas genéricas de internet

Es habitual encontrar plantillas con textos tipo “Yo, [Nombre del Solicitante], comparezco ante usted para presentar mi solicitud…”, pensadas para rellenar los huecos entre corchetes. El problema es que este no es un trámite administrativo estandarizado, sino un escrito judicial que debe adaptarse a la documentación real de tu caso y cumplir los requisitos formales del procedimiento. Un modelo genérico puede omitir información o documentación relevante y provocar requerimientos, incidencias procesales u oposición de los acreedores.

No es un único escrito

El procedimiento implica distintos escritos procesales presentados en momentos diferentes: primero la solicitud de concurso de acreedores, que abre el procedimiento judicial conforme al artículo 6 del Texto Refundido de la Ley Concursal, y después la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. El momento de esta segunda solicitud varía según la modalidad: si optas por un plan de pagos, puede solicitarse antes de que el juez acuerde la liquidación de la masa activa; si optas por la liquidación, se presenta en los momentos previstos legalmente, lo que incluye determinados supuestos de concurso sin masa o insuficiencia de masa activa. En ambos casos debes acreditar que no incurres en ninguna causa legal que impida la exoneración. Cada escrito tiene su propio contenido, documentación y plazo, y todos deben ir firmados por abogado y procurador.

El Consejo General del Poder Judicial ha dado seguimiento a las resoluciones del Tribunal Supremo de febrero de 2026 que fijaron doctrina sobre las limitaciones y exclusiones de la exoneración, lo que da una idea de la relevancia práctica de presentar correctamente cada uno de estos escritos.

Preguntas frecuentes sobre el modelo solicitud Ley Segunda Oportunidad

¿Puedo presentar la solicitud sin abogado?

No. Es un procedimiento 100% judicial en el que la asistencia de abogado y procurador es obligatoria durante toda la tramitación.

¿Sirve un modelo descargado de internet?

No es recomendable usarlo sin más. Cada solicitud debe adaptarse a la documentación real de tu caso; un modelo mal adaptado puede dar pie a una oposición de los acreedores.

¿Los acreedores pueden oponerse a mi solicitud?

Sí. Una vez presentada, se da traslado a los acreedores personados para que puedan formular alegaciones dentro del plazo legal.

Cómo puede ayudarte Jaque Legal

En Jaque Legal preparamos tanto la solicitud de concurso como la solicitud de exoneración adaptadas a tu documentación real, y te acompañamos durante todo el procedimiento judicial.

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