Cancela tus deudas y empieza de nuevo
En Jaque Legal ayudamos a personas físicas y autónomos con sobreendeudameinto a liberarse de sus cargas financieras mediante la Ley de Segunda Oportunidad (LSO). Si no puedes hacer frente a tus deudas, iniciamos el proceso legal para solicitar la exoneración total o parcial, incluyendo hasta 20.000 € de deuda pública.
¿No puedes hacer frente a las deudas? Las revisamos
La Ley de Segunda Oportunidad es una normativa regulada en España desde 2015, y fue reformada en 2022 para facilitar su aplicación y hacerla más rápida y accesible.
Permite a particulares y autónomos, que se encuentran en situación de insolvencia económica, la posibilidad de eliminar o reestructurar las deudas, y poder empezar de nuevo con su vida financiera.
Al acogerse a este mecanismo legal, se paralizan los embargos y procesos de reclamación de deudas y, una vez finalizado el proceso, se consigue la eliminación de la inclusión del deudor en los registros y ficheros de morosos.
Asimismo, el deudor puede conservar su vivienda habitual en los casos de planes de pago.
Esta ley permite cancelar las deudas de particulares y autónomos en situación de sobreendeudamiento mediante la cesión de sus activos y la aplicación de un mecanismo de segunda oportunidad. Hasta julio de 2019, era posible eliminar todas las deudas catalogadas como privilegiadas, subordinadas u ordinarias, pero quedaban excluidas las contraídas con Hacienda, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Sin embargo, tras la reforma legal, también es posible obtener la exoneración total de deudas públicas hasta un límite de 20.000 euros, y en caso de superar dicha cantidad, se puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento para abonar el importe restante.
Para poder acogerte la ley de la segunda oportunidad hace falta cumplir con los siguientes requisitos.
Para las empresas, en lugar de la Ley de Segunda Oportunidad existe el concurso de acreedores. Si necesitas ampliar información contáctanos sin compromiso.
Si te encuentras ante esta situación, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a empezar una nueva vida.
Sí. La ley está pensada tanto para particulares como para autónomos en situación de insolvencia.
Se pueden cancelar deudas privadas (tarjetas de crédito, préstamos, deudas con proveedores, operadores de teléfono, Comunidad de propietarios…) y deuda pública hasta 20.000 euros (hasta un máximo de 10.000 euros de deuda con Hacienda y otros 10.000 euros de deuda con la Seguridad Social).
No haber sido condenado por delitos económicos, actuar de buena fe, y no superar ciertos umbrales de deuda, entre otros criterios.
Se puede negociar un plan de pagos para el excedente, mientras se cancela el resto bajo la ley.
Como regla general, puede tardar entre 6 y 18 meses que actualmente fija la ley para los casos más complejos y/o que están en localidades con juzgados más saturados.
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