El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto que el complemento para la reducción de la brecha de género debe concederse a hombres y mujeres en las mismas condiciones.
Esta decisión supone un hito en la equiparación de derechos dentro del sistema público de pensiones y abre la puerta a que miles de padres jubilados reclamen este incremento que la Seguridad Social les ha denegado hasta ahora.
¿Qué es el complemento por brecha de género?
Desde el 4 de febrero de 2021, el complemento por brecha de género sustituyó al anterior complemento de maternidad. Su objetivo es compensar la pérdida de ingresos derivada del cuidado de los hijos y reducir la desigualdad en las pensiones entre hombres y mujeres.
Este complemento se añade a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y su cuantía se fija de forma mensual: en 2025 asciende a 35,90 € por hijo, con un máximo de cuatro hijos. El precio se actualiza anualmente con el IPC.
Hasta ahora, en la práctica, las mujeres lo percibían de forma automática, mientras que a los hombres se les exigían condiciones adicionales que la Justicia ha declarado discriminatorias.
La sentencia del Supremo que unifica la doctrina
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su sentencia de mayo de 2025, ha confirmado que los hombres tienen derecho al complemento en las mismas condiciones que las mujeres.
El Alto Tribunal considera que la normativa española —en concreto, el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social— vulneraba el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres establecido por la Unión Europea, al imponer requisitos más estrictos a los varones.
Esta resolución se alinea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el Asunto C-623/23, que declaró ilegal la exigencia de acreditar un perjuicio profesional por el cuidado de los hijos para acceder al complemento.
Puedes consultar la sentencia aquí.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Podrán reclamarlo los padres con uno o más hijos que cumplan las siguientes condiciones:
- Sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- La pensión haya sido reconocida a partir del 4 de febrero de 2021.
- No estén percibiendo ya el complemento o se les haya denegado por razón de sexo.
Cuánto dinero puedes recuperar
La sentencia del Supremo también abre la posibilidad de reclamar una indemnización por los atrasos desde la fecha del hecho causante de la pensión, es decir, desde el momento en que accedió a la jubilación.
El importe depende del número de hijos y del tipo de pensión, pero en muchos casos el incremento puede alcanzar hasta los 2.000€ anuales que se cobrarán de manera vitalicia. Además de una indemnización por los atrasos acumulados desde el inicio de la pensión, que puede llegar hasta los 8.000€ en un único pago.
En Jaque Legal hemos acompañado a numerosos pensionistas a reclamar este derecho. Un caso reciente, por ejemplo, fue el de un jubilado de Valladolid que recuperó 7.898,89 € gracias al complemento por brecha de género, reafirmando el derecho de todos los pensionistas —sin importar su género— a percibirlo en igualdad de condiciones.
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Reclamar este complemento no es un trámite automático. Cada caso requiere un estudio individual según la fecha de jubilación, el tipo de pensión y la normativa aplicable. Por eso, contar con un equipo jurídico especializado marca la diferencia.
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